AYUNTAMIENTO DE AYUNTAMIENTOS
La Ley de Bases de Régimen Local define los municipios como "Entidades básicas de la organización territorial del Estado y cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades (...) atribuyéndoles personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. La misma Ley define la provincia como una Entidad local determinada por la agrupación de municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus
fines (...) y atribuye su Gobierno y administración autónoma a la Diputación.
Con el mismo carácter presidencialista concibe esta norma las figuras del alcalde y del máximo responsable de la Diputación, pero mientras la elección de aquél es de forma directa, el de éste se realiza de modo indirecto. Uno y otro poseen poder ejecutivo.
El Ordenamiento jurídico español prescribe, de forma rotunda, la interdicción de la arbitrariedad. Por arbitrariedad se entiende una forma de actuar contraria a la justicia, a la razón o a las leyes, dictada por la voluntad o el capricho.
Determinado el concepto legal, expuesto el marco contextual y advertida la definición que realiza la L.B.R.L., este articulista retoma la actualidad provincial y, sin desgranar toda la casuística, se centra en dos temas que causan más o menos alarma social: las subvenciones a los medios de comunicación y el palacete de la parte de atrás de la calle Palacio.
Antena Huelva Televisión ha denunciado públicamente el desigual, -¡qué digo desigual, discriminatorio!- reparto de subvenciones que la Diputación de Huelva ha realizado a los medios de comunicación de nuestra provincia. Frente a una cantidad próxima a los cien millones de pesetas entregada a Odiel Información, la nada absoluta concedida a El Mundo Huelva Noticias. Uno se pregunta cómo se puede explicar una Resolución administrativa de este porte. A fuer de buscar un criterio de asignación presupuestaria, este que suscribe, especularía sobre las ventas de ejemplares entre ambos medios, en tanto uno podría jactarse de una tirada diaria por millares de ejemplares, mientras el otro se amentaría de una difusión no sólo reducida, sino nula. A cualquier observador imparcial no se le escapa que esa hipótesis es ridícula pues el número de ejemplares distribuidos no alcanza, bajo ningún concepto, la diferencia tan abismal que media entre el cien millones y el cero. Si existe otro criterio, se ignora, en cuyo caso, entran en juego dos nuevos Principios jurídicos: el de la transparencia y el de la objetividad. Así, si no se expresa el criterio y si el reparto se efectúa de forma tan sospechosa, habrá que convenir que la asignación se ha realizado de manera contraria a la justicia, a la razón y a las leyes. ¿Estamos ante un caso evidente de arbitrariedad, o este cronista yerra de la A a la Z?
Me temo que la respuesta pasa por la primera parte de la cuestión.Tambien la cadena televisiva Antena Huelva y otros medios de la provincia han puesto de relieve el asunto del palacete de la Plaza de las Monjas, constituyendo una noticia que ha saltado la frontera provincial aposentándose en la esfera nacional y tratado en el Parlamento de Andalucía. El "modus actuandi" es el mismo que en el caso precitado. Pero éste presenta una especial gravedad puesto que el gasto del "negociete" repercute más directamente en la ciudadanía en los tiempos de recesión económica que sufrimos e inmersos en el vendaval de paro laboral que sacude a millones de españoles y a miles de huelvanos.
Hay diversos aspectos que diferencian un régimen democrático de otro dictatorial. Sin embargo, cuando en una democracia renquea la transparencia, enmudece la objetividad y se dictan resoluciones arbitrarias, esta democracia se prostituye hasta el límite de la dictadura, ya que el imperio de la ley que brota del pueblo se confunde con la ley que emana del tirano. Es igual que el déspota que confunde, interesada y contumazmente, su patrimonio personal con el patrimonio público y afirma, sin rubor, "todo para el pueblo (ja, ja, ja) pero sin el pueblo". La Historia nos da ejemplos que no sabemos interpretar mientras el Derecho nos proporciona instrumentos que no sabemos utilizar. Debemos aprender para defender sin violencia, pero con energía, nuestra democracia y nuestro Estado de derecho. A ello, y en mi parte alícuota, me comprometo.
Un saludo
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