DOCTRINA TERROT
Doctrina del terror. España ha violado el artículo 7 del Convenio de Derechos Humanos. Así lo ha sentenciado el Tribunal de Estrasburgo. La doctrina Terrot pone contra las cuerdas la credibilidad del Tribunal Supremo y la del Tribunal Constitucional. Y lo que es peor: además de poner en la calle a etarras sanguinarios, excarcelará a violadores de mugriento espíritu no susceptibles de regeneración. Eso que ganarán los reclusos que permanezcan en prisión y batracios inmundos que habremos de tragar los ciudadanos en libertad.
La duda que plantean muchos agentes sociales e incluso no pocos operadores jurídicos es si se ha de acatar esta sentencia. Al respecto, mi opinión es contundente: por supuesto que sí. Me repugne o no, la respuesta no admite interpretaciones. Si los jueces han resuelto, por abrumadora mayoría, sobre este particular, cabrán disensiones pero no desobediencias.
La verdad es que se veía venir el fallo. Al Alto Tribunal europeo le da igual que el condenado haya perpetrado uno o veinte crímenes. Las condenas no pueden tener carácter retroactivo. Y punto. Así que a aflojar la bolsa y a temer por la vida. Los excarcelados no sólo se van de rositas sino con el riñón bien forrado por las indemnizaciones que habrán de venir.
Bildu y company están de fiestas. Aparte de ciscarse en el estado español, le van a sacar las mantecas a sus ciudadanos honrados. Es el triunfo de la doctrina Terrot. Que dice que las redenciones de pena deben aplicarse sobre el máximo legal de 30 años de permanencia en prisión que contemplaba el derogado Código del 73 y no sobre el total de las condenas impuestas. O sea, que a un etarra autor de sesenta asesinatos, le cuesta la matanza seis meses de encarcelamiento.
Ya estoy viendo un nuevo txupinazo sin ser fiesta grande en el País vasco. Terrot de doctrina.
Un saludo.
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